noticiascanal1

La informacion tal cual se genera para que usted haga su opinión de ella. De cualquier parte del mundo , en cualquier tema el canal uno en noticias

miércoles, 22 de diciembre de 2010

Promulgada la Ley Orgánica del Poder Popular,

Caracas, AVN- Este martes fue promulgada la Ley Orgánica del Poder Popular, cuya finalidad es el fortalecimiento de la organización del pueblo.
El texto sirve de basamento legal para desarrollar y consolidar el poder popular, a través de diversos mecanismos de participación y organización establecidos en la Constitución, primordialmente, pero también en uso de aquellas iniciativas que surjan del poder popular.

Con esta ley, el pueblo  ejercerá pleno derecho participativo y gestión social en lo político, económico, social, cultural, ambiental, internacional y en todo el ámbito de desenvolvimiento y desarrollo de la sociedad.

Otro de los fines del poder popular expresados en el texto es que el pueblo organizado podrá coadyuvar con las políticas de Estado en todas sus instancias, con la finalidad de actuar coordinadamente en la ejecución del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación.

En la ley se definen claramente las instancias y acciones sociales a través de los que las ciudadanas y ciudadanos pueden asumir directamente la gestión de proyectos, realizar contraloría social, organizarse a los fines de tomar decisiones colectivas, y de esta manera ser partícipes activos y tener diversos ámbitos de aplicación del poder que les fue otorgado.

Estas instancias son: asamblea de ciudadanos y ciudadanas, autogestión, cogestión, comunidad, comunidad organizada, control social, corresponsabilidad, Estado comunal, instancias del poder popular, organizaciones de base de poder, planificación participativa, presupuesto participativo, sistema económico comunal y socialismo.

Este último tiene como base fundamental la recuperación del valor del trabajo como productor de bienes y servicios para satisfacer las necesidades humanas y lograr la suprema felicidad social y el desarrollo humano integral.

En las disposiciones finales del decreto de ley se establece que las instancias del poder popular preexistentes a la entrada en vigencia de esta ley adecuarán su organización y funcionamiento a las disposiciones de la misma, en un lapso de 180 días contados a partir del 21 de diciembre.

Asimismo, hasta tanto se dicte el reglamento de ley, todo Ministerio del Poder Popular con competencia en participación ciudadana se encargará de establecer los lineamientos en lo relativo al funcionamiento de las organizaciones preexistentes.

No hay comentarios:

Publicar un comentario