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martes, 2 de noviembre de 2010

Corte de Justicia uruguaya se pronuncia.

La  Suprema Corte de Uruguay declaró como inconstitucional la Ley de Caducidad, la cual impedía juzgar las violaciones de derechos humanos cometidas en el país suramericanos durante la dictadura de 1973 y 1985.

Esta determinación se tomó manera unánime el pasado lunes en la Corte, con lo cual se podrá investigar y juzgar, sin los obstáculos que ofrecía la propia normativa, a los involucrados en unos 20 casos que existen de asesinatos durante el régimen represivo, según explicó a la prensa Raúl Oxandabarat, representante de la instancia judicial.

La figura central de los casos de violaciones a los derechos humanos es la del ex dictador, Juan María Bordaberry, que ya fue condenado a 30 años de prisión anteriormente por otros delitos durante su gobierno de facto.  

Bordaberry fue encontrado culpable por la Justicia uruguaya el pasado febrero por, entre otros delitos, el homicidio de dos personas que desaparecieron durante la dictadura, pena que se sumó a otros 30 años que el ex dictador pagaba en su domicilio por su responsabilidad en el homicidio de 14 uruguayos detenidos por su gobierno.

También
, bajo el cargo de delito de atentado contra la Constitución en calidad de autor, se le castigó por el golpe de Estado que encabezó en 1973.

Este es el segundo pronunciamiento que hace la Suprema Corte en relación a la Ley de Caducidad, luego del que realizó en octubre de 2009.

Esa primera determinación de la Corte se realizó seis días antes del plebiscito en el que la ciudadanía decidiría, en el contexto de las elecciones presidenciales de noviembre de 2009, la anulación o no de dicha norma.

En este referéndo no se lograron los votos suficientes para anular la controversial Ley, ya que sólo se consiguió 41 por ciento de los sufragios contra el instrumento jurídico.

Luego de que no se aprobara la iniciativa contra la Ley, diversas organizaciones de derechos humanos ratificaron que continuarían su lucha por la Justicia.

Esta nueva decisión de la Suprema Corte tiene el objetivo de que los tribunales uruguayos consideren las normas internacionales de defensa de los derechos humanos firmadas por el país, para que de esta forma la polémica normativa sea declarada inconstitucional y se haga inaplicable.

La Ley de Caducidad fue aprobada en 1986 y ratificada en dos referendos (realizados el primero en 1989 y el segundo en octubre del año pasado).

Es considerada por muchos miembros de la comunidad internacional como un impedimento para las investigaciones, porque ha otorgado a los Gobiernos de turno la potestad de decidir cuáles casos de los que se encuentran pendientes desde la dictadura se reanudan y cuáles se clausuran.

Hasta ahora, Uruguay ha juzgado a los dictadores Juan Bordaberry (1973- 1976) y Gregorio Goyo Alvarez (1981-1985), quienes fueron condenados a 30 y 25 años, respectivamente.

Datos oficiales señalan que son 37 las personas desaparecidas durante la dictadura en Uruguay, pero las organizaciones de defensa de los derechos humanos afirman que son más de 200.

Juan María Bordaberry fue electo presidente de la nación suramericana de manera democrática en el año 197, pero por un golpe de Estado efectuado en el año 1973 se convirtió en dictador hasta 1976 y se encuentra cumpliendo su condena en prisión desde el año 2006. 

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